domingo, 17 de agosto de 2008

Los procedimientos administrativos en materia de seguridad laboral.


La Seguridad Social como política pública del Estado venezolano y consagrada como derecho humano en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, busca la protección de los ciudadanos ante las posibles contingencias que surjan de situaciones como enfermedad, vejez, vivienda y hábitat, etc., es por ello, que el Estado debe garantizar la misma como parte de los cometidos que tiene a su cargo, y que a su vez debe ser identificada por su carácter no lucrativo, ya que por el contrario se desvirtuaría por completo su esencia y/o razón de ser. En Venezuela, en relación a la seguridad social existe un amplio marco legal que trata de definir y sentar las bases necesarias para la organización y funcionamiento de la misma, ya que es de vital importancia lograr los objetivos sociales que la envuelven, los cuales deben ser traducidos en la constante búsqueda de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

Por otro lado, si bien es cierto que en la última década del siglo XX existió una clara tendencia privatizadora del sistema de seguridad social, en la actualidad se ha cambiado un poco este concepto, ya que desde hace algunos años se ha orientado a ser netamente un objeto del Estado, y es precisamente éste último aspecto lo que trae consigo que se deriven una serie de procedimientos administrativos encaminados a velar por el normal funcionamiento del sistema de seguridad social en Venezuela, es decir, ésta última debe ser asegurada por actos administrativos y prestaciones por parte del Estado para el cumplimiento del mismo.

Dentro de este contexto se hace necesario tener presente los fundamentos y directrices del principal instrumento legal regulador de la materia, es decir, la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (2002), en donde se encuentra una serie de disposiciones encaminadas a proteger las distintas prestaciones de salud, servicios sociales al adulto mayor, pensiones y asignaciones, seguridad y salud en el trabajo, vivienda y hábitat, etc., y que junto a la Constitución de la República, la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio ambiente de Trabajo, y la ley del Régimen prestacional se encargan de ello.

Sin embargo, es necesario resaltar que dicho marco normativo no cuenta con las vías eficaces que permitan el buen funcionamiento del mismo, ya que se presentan inconvenientes con los procedimientos administrativos a seguir allí establecidos, ya que existen numerosas contradicciones e incluso vacíos de ley que imposibilitan el buen funcionamiento del mismo, debido a que se enuncian algunas instituciones u organismos tales como la tesorería nacional la cual tendría a su cargo gran cantidad de actividades y/o dependencias esenciales para el desarrollo del sistema de seguridad social, y que hasta los momentos no ha sido creada, tal vez por falta de voluntad política, corrupción, burocracia, etc., que hacen imposible estructurar un sistema que atienda realmente las principales necesidades de los ciudadanos, y que unido a los distintos problemas económicos, políticos y sociales que atraviesa el país agravan aún más la situación existente creando una evidente crisis del Sistema de Seguridad Social en Venezuela.
Bibliografía. Mora, F. (2007). Los procedimientos administrativos en materia de seguridad laboral. [Revista en línea]. Disponible en: www.saber.ula.ve/.../visiongerencial/ano6numespecial/articulo6.pdf&

No hay comentarios: