domingo, 17 de agosto de 2008

La nueva visión de los comités de seguridad y salud laboral en las empresas venezolanas.


La relación de trabajo no sólo deber ser enmarcada en la simple prestación de un servicio a cambio de una determinada remuneración, ya que se dejaría de lado la necesaria e importante existencia de las condiciones de higiene y seguridad que permitan la adecuada realización del mismo, es por ello, que debe garantizarse espacios o ambientes adecuados para el hecho de trabajar no constituya una carga, sino que la persona pueda obtener mayores beneficios y a su vez pueda mejorar sus condiciones de vida. Es así, como surge una serie de disposiciones legales al respecto, debido a la constante preocupación por prevenir accidentes y/o enfermedades laborales que incluso puedan llevar a la muerte a los sujetos involucrados; y es precisamente la ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio ambiente de Trabajo de fecha 26 de julio de 2006, un claro ejemplo de ello, ya que la inquietud existente en materia de seguridad laboral trajo consigo la creación de la misma.
Dentro de los principales aspectos de dicha ley se encuentra la posibilidad de crear los comités de seguridad y salud laboral para prevenir y crear las condiciones necesarias orientadas a hacer cumplir el deber del empleador de controlar y garantizar la seguridad y salud laboral, a través de una serie de mecanismos, tales como, la inspección y supervisión de las condiciones de trabajo, la necesaria educación y formación de los trabajadores en materia de seguridad laboral que incluya la protección integral de todos los involucrados, unido a la respectiva dotación de equipos e instrumentos necesarios orientados a tal fin.
De igual manera, la mencionada ley incluye la figura de los delegados cuyo objeto es el de vigilar el cumplimiento de las disposiciones establecidas, denunciar las deficiencias, promover la garantización de condiciones óptimas de trabajo, entre otros; presentando de ésta manera una clara ventaja al respecto, ya que dichos delegados por estar directamente vinculados a la empresa se encuentran en constante supervisión o evaluación de las condiciones existentes, lo cual aumenta el hecho de que se cumplan las disposiciones allí establecidas, es decir, se logra hacer efectiva la ley. Además, es necesario tener presente que el delegado debe cumplir con su respetiva capacitación en materia de seguridad laboral lo cual posibilite el buen desempeño del mismo, y que a su vez sea traducido en la creación de una verdadera conciencia social en materia de prevención, ya que es precisamente la decadente situación existente al respecto y la poca cultura acerca de la importancia de la misma, lo que agrava los problemas o deficiencias ya existentes.
Por consiguiente, resulta de vital importancia que todos los sectores involucrados comiencen a trabajar conjuntamente de una manera coordinada, lo cual traiga consigo beneficios para todos, es decir, tanto trabajadores como empleadores obtendrían resultados óptimos relacionados directamente con sus intereses, ya que al existir buenas condiciones de seguridad e higiene el trabajador se vería más incentivado al cumplir con sus responsabilidades de una manera eficaz, lo cual generaría mayor productividad y posibilitaría obtener mayores beneficios económicos que le proporcionen los medios adecuados para mejorar su condición de vida.
Bibliografía. Cabeza, M. (2007). La nueva visión de los comités de seguridad laboral en las empresas venezolanas. [Revista en línea]. Disponible en: www.saber.ula.ve/.../visiongerencial/ano6num2/articulo2.pdf&term

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